Se establece como monto del capital asegurado del seguro colectivo de vida obligatorio para el personal rural (Ley 16.600), el equivalente a cinco coma cinco (5,5) salarios mínimos vitales y móviles (SMVM), ajustándose conforme al último SMVM publicado en el mes de diciembre de cada año.

La suma asegurada que resulte de la actualización anual, entrará en vigencia a partir del 1º de marzo del año siguiente.

Se determina que a partir del 14/11/17 el monto del capital asegurado del seguro colectivo de vida obligatorio para el personal rural será el equivalente a cinco coma cinco (5,5) SMVM. Con lo cual la suma actual será de $ 48.730.