Mediante Resolución (CNEPSMVM) 15/22 se incrementan los montos del Salario Mínimo, Vital y Móvil para diciembre 2022 y enero, febrero y marzo de 2023.

En este sentido, para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, conforme el artículo 116 de la LCT, con excepción de las situaciones previstas en los artículos 92 ter y 198, que lo percibirán en su debida proporción, y para los trabajadores jornalizados los valores serán los siguientes:

También se incrementan los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo.