En el marco del Programa de Inserción Laboral, se recuerda que la Resolución (SE) 932/22 modificó los pisos mínimos de remuneración mensual para contratar a trabajadores, para acciones iniciadas desde mayo 2022.

En este sentido la remuneración bruta mensual no deberá ser inferior a:

  • Para contrataciones a tiempo completo: 1,2 veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil, en el caso de trabajadores mensualizados que cumplan jornada legal completa vigente;
  • Para contrataciones a tiempo parcial: 0,8 del SMVM de trabajadores mensualizados que cumplan jornada legal completa vigente.