Mediante la Resolución 4346, la AFIP realizó adecuaciones transitorias para aumentar la cantidad máxima de planes y de cuotas para algunos tipos de deuda.

Con carácter transitorio se establecen los siguientes cambios a aplicarse en el plan de pagos permanente:

  • Desde el 1º de diciembre de 2018 hasta el 28 de febrero de 2019, ambas fechas inclusive, las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas -Tramo 1- categorizadas como tal en el “Sistema Registral”, podrán regularizar sus obligaciones por tipo de deuda general y en gestión judicial, mediante de 6 planes de facilidades, como máximo.
  • Desde el 1º de diciembre de 2018 hasta el 31 de marzo de 2019, ambas fechas inclusive, los contribuyentes y/o responsables que regularicen deudas originadas en ajustes de fiscalización, podrán adherirse a este plan de facilidades de pago y cancelar sus obligaciones en 24 cuotas, como máximo, de acuerdo con lo indicado en el Anexo.

Estas disposiciones entran en vigencia a partir del día 1º de diciembre de 2018, inclusive.