Mediante la resolución 64/18 del RENATRE, se aprueba la nueva libreta del trabajador rural en formato de credencial conforme lo instituido en los artículos 1 y 3 de la ley 25.191, que va a reemplazar al formato anterior.

Se implementa también el “Portal Web RENATRE”, con el objeto de que los beneficiarios y registrados puedan gestionar de manera virtual y progresiva los diferentes trámites administrativos inherentes al Registro.

El portal web RENATRE es un servicio de autogestión, mediante el cual trabajadores y empleadores rurales (usuarios) podrán realizar trámites de forma virtual, sin necesidad de dirigirse a las dependencias del RENATRE. Podrán interactuar con el Registro en cualquier momento y desde cualquier lugar.

Para operar en el portal los usuarios deberán crearse una cuenta personal que estará constituida por un usuario y una clave de acceso. El usuario del empleador se identificará con su CUIT y la del trabajador rural con su CUIL.

Se establece también un Nomenclador Único de Actividades Rurales – Empleador y un Nomenclador Único de Ocupaciones Rurales -Trabajador, que serán de uso obligatorio y reemplazarán los anteriores.

  • Cada vez que el empleador inicie una relación laboral deberá registrar a sus trabajadores rurales a través del portal RENATRE, en el plazo de cinco (5) días corridos, tal como lo establece el artículo 5 de la ley 25.191 y su decreto reglamentario.

    El empleador contará con dos opciones para registrar online a sus trabajadores:

    – Por carga manual: en esta opción ingresará manualmente la CUIL de cada trabajador al formulario virtual de registración, donde completará los datos requeridos por el RENATRE y validará aquellos datos suministrados por la base de datos del Registro.

    – Por importación de archivo: en esta opción el RENATRE suministrará al empleador las tablas con la codificación del formulario virtual de registración del trabajador, para que confeccione el archivo con la nómina de trabajadores rurales a importar, cada vez que deba registrar a sus trabajadores, generándose así una carga masiva.

Para el caso de trabajadores que se encuentren registrados en el RENATRE con anterioridad a la implementación del nuevo sistema, el empleador dispondrá de un plazo de 60 días hábiles contados a partir del 1/3/18, para actualizar los datos y adecuarlos a los nuevos requisitos establecidos.

Se mantiene de todas formas la vigencia, validez y eficacia de las libretas de trabajo rural emitidas con el sistema y formato papel hasta el 31 de agosto de 2018.

Vencido este plazo, regirá exclusivamente la libreta del trabajador rural en formato credencial, como único instrumento válido para el cumplimiento de la ley 25.191.
Desde entonces, las libretas de trabajo rural emitidas en formato papel perderán toda vigencia y eficacia jurídica, debiendo ser reemplazarlas por la nueva libreta de trabajo en formato credencial.

Las disposiciones de la resolución 64/18, y por ende lo que la misma dispone, comienza a regir a partir del día 1º de marzo del año 2018.