Puntos clave del proyecto

Si bien se trata de una iniciativa loable, el proyecto de ley enviado por el Gobierno nacional que apunta a combatir el empleo en negro tiene su “talón de Aquiles” que, de no resolverse con un cambio en la redacción, hará que naufrague y que los resultados sean poco significativos.

El proyecto de ley que comienza a debatirse hoy en el Congreso consta de tres programas. El primero es un “régimen permanente de aportes”, a partir del cual se establecerá un descuento del 50% en las contribuciones de “todos los trabajadores de las microempresas que empleen hasta 5 trabajadores”.

En segundo lugar, la iniciativa impulsa un “régimen de promoción a la contratación”, que consistirá en un plan de 24 meses. Se trata de un beneficio que será diferente según la cantidad de empleados:

Hasta 15 dependientes, durante los primeros 12 meses, se dará un descuento por contribuciones del 100% por cada empleado nuevo que tomen. En los segundos doce meses, será del 75 por ciento.

Las empresas que empleen entre 16 y 80 trabajadores, van a tener una rebaja del 50% de las contribuciones patronales.

Por último, para las empresas que emplean más de 80 personas el descuento va a ser del 25% durante los primeros 24 meses.

Por otra parte, el proyecto busca poner en marcha un “veraz laboral” a través del cual el Ministerio de Trabajo va a llevar un control del fraude mediante un registro público.

El “talón de Aquiles”

Al tanto de la iniciativa, el abogado laboralista Julián de Diego dejó de manifiesto las grandes falencias que contiene en su redacción el proyecto de ley que impulsa el oficialismo.

Puntualmente, el experto alertó sobre tres “olvidos” que son más que significativos. “En primer lugar, el texto no contiene ningún régimen que permita la condonación de deudas del pasado”, aseguró de Diego.

Asimismo, advirtió que “tampoco tiene un mecanismo que frene los juicios de los empleados a futuro”.

Esto es así, ya que luego de que los empresarios blanqueen a los dependientes, éstos pueden iniciarle juicio por los años que estuvieron trabajando de manera irregular, ya que la iniciativa no prevé ningún mecanismo que lo impida.

“Si no establecés un mecanismo que lo evite, al día siguiente de ser ‘blanqueados’, los empleados le pueden entablar una demanda al empleador por la antigüedad que no figura en el libro”, aseguró de Diego.

Por último, el experto afirmó que “tampoco existe un mecanismo que exima de la responsabilidad penal por el delito de evasión a los empleadores”.

“Por lo tanto, las empresas que decidan formalizar a los empleados bajo el régimen que ya se debate en el Congreso se encontrarán expuestas a juicios que provendrán de dos frentes: por un lado los organismos estatales (AFIP y Ministerio de Trabajo) y, por el otro, los empleados que acaban de ser formalizados”, concluyó de Diego.

En la misma dirección, Juan Carlos Cerutti, miembro del Estudio Cerutti – Darago – Lupi & Asociados, adelantó a este medio que la iniciativa guarda entre sus artículos una importante traba que puede conspirar contra los resultados esperados.

A fin de explicar el problema Cerutti aclaró que, hoy por hoy, para la ley, el empleo en negro sólo ocurre cuando hay un empleado sin registrar o deficientemente registrado y esto se da en los siguientes casos:

Un dependiente trabaja para alguien y no está inscripto en los libros laborales correspondientes (en la actualidad, tal situación se da cuando no se le ha dado el alta via AFIP al empleado), o

El trabajador se encuentra inscripto pero con una fecha posterior a la que realmente ingresó o con un salario inferior al que realmente gana.

“La incorrecta denominación del cargo, convenio colectivo, falta de pago de horas extras, diferencias salariales, entre otras falencias, no son fallas en la registración a los que hace referencia la ley, sino que son errores que serán materia de reclamo por parte de los empleados pero que no son parte de las sanciones por fallas en la registración laboral”, aclaró el especialista.

Asimismo, remarcó que hay empleo sin registrar cuando una empresa le “presta” sus empleados bien registrados a una tercera compañía para que hagan las tareas normales y habituales que ésta debía hacer. Por lo que la ley y los organismos estatales de control, sancionarán a estas firmas por no registrar en sus propios libros a quienes tenían trabajando en forma normal y habitual.

“Por lo tanto, cuando hablamos de blanquear al personal no registrado, nos referimos a dar de alta en AFIP y en los libros laborales al personal desde su real fecha de ingreso y con su real salario”, advierte el experto.

“El darlos de alta sin reflejar la realidad de la relación habida, no es blanquear personal, por lo que la empresa quedará expuesta a reclamos laborales tanto del empleado como de los organismos de control”, agregó Cerutti.

Al respecto, vale tener presente que el costo actual de blanquear personal, es –aproximadamente- el equivalente a la totalidad de los aportes y contribuciones omitidos multiplicados por dos más la tasa activa, por lo que es prácticamente un salario por cada mes que no se lo tuvo correctamente registrado, resultando altamente onerosa tal posibilidad.

Más puntos grises

Si bien Cerutti reconoce que la iniciativa que comienza a debatirse intenta ser un gran proyecto, el experto aclara que tiene una enorme falla y es que “carece de un período que habilite a las pequeñas empresas a que registren (blanqueen) correctamente a sus empleados, por lo que, sin esta posibilidad, no vemos que vaya a tener el éxito deseado, ya que continúa siendo muy oneroso hacerlo con los dependientes que se encuentren mal expuestos”.

Además, aseguró que “deberían agregar la posibilidad de blanqueo sin costos y durante un período pequeño de tiempo para que las empresas se pongan al día, den de alta correctamente a sus trabajadores que se encuentran actualmente en negro y empezar de cero, es decir, reflejando en los recibos la real fecha de ingreso y el real salario. Así estarían realizando los aportes y contribuciones, con lo cual la caja se agrandaría y se incluiría en el sistema a muchísimos trabajadores”.

“Si la finalidad del nuevo proyecto de ley es la inclusión y no el cobro de multas, restaría una simple y efectiva forma de blanquear personal actual, de modo tal que estén dadas todas las condiciones para que las pequeñas empresas puedan entrar en el sistema en forma plena y agrandar con ello el universo de trabajadores protegidos por las leyes y la cantidad de aportantes a la seguridad social, obras sociales y sindicatos”, concluyó Cerutti.

Fuente: iProfesional.com