Los beneficiarios de las ganancias referidas en el Artículo 1º de la Resolución General N° 4003/2017, se encuentran obligados a informar a la AFIP, mediante transferencia electrónica de datos del formulario de declaración jurada F. 572 Web, a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”, los siguientes datos:
Al inicio de una relación laboral y, en su caso, cuando se produzcan modificaciones en los respectivos datos:
– Datos personales: Apellido y nombres, y domicilio.
– Apellido y nombres o denominación o razón social y Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) de su/s empleador/es, identificando al designado como agente de retención.
Se sustituye el punto 3 del Artículo 11 de la Resolución General N° 4003/2017 por el siguiente:
El detalle de las personas a su cargo, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, indicando -cuando corresponda- que por ellas no percibe prestaciones del Régimen de Asignaciones Familiares.
Consideraciones de las cargas de familia
Se sustituye el segundo párrafo del Apartado E del Anexo II de la Resolución General N° 4003/2017, por el siguiente:
“Cuando la carga de familia sea menor de 18 años, la deducción será computada por quien posea la responsabilidad parental, en los términos del Código Civil y Comercial de la Nación. Cuando ésta sea ejercida por los dos progenitores y ambos perciban ganancias imponibles, cada uno podrá computar el 50% del importe de la deducción o uno de ellos el 100% de dicho importe.
De tratarse de un incapacitado para el trabajo mayor de 18 años, la deducción será computada por el pariente más cercano, que tenga ganancias imponibles y a cuyo cargo esté la citada carga de familia. Cuando ambos progenitores obtengan ganancias imponibles y lo tengan a su cargo, cada uno podrá computar el 50% del importe de la deducción o uno de ellos el 100% de dicho importe.”
Actualización de la información suministrada en el SiRADIG
A partir del 3 de septiembre 2018 y hasta el vencimiento del plazo previsto para la presentación del F. 572 web correspondiente al período fiscal 2018, los beneficiarios deberán actualizar la información respecto de las cargas de familia suministradas a través del servicio con clave fiscal “SiRADIG – TRABAJADOR en virtud de lo establecido.
A continuación la pantalla donde debemos modificar y actualizar los datos requeridos por el fisco: