La Disposición (SRT) 3/22 prevé las pautas vinculadas con el registro, validación, almacenamiento y accesibilidad a los datos relacionados a la constancia digital de capacitación en materia de riesgos del trabajo.

Las constancias digitales de capacitación brindada por los empleadores y/o las ART a los trabajadores deberán contener:

  • Fecha de la capacitación
    • Temática/s abordada/s
    • Nombre del capacitador
    • Lista del personal que recibió la capacitación
    • Modalidad de la capacitación (Presencial/ virtual, sincrónico/asincrónico – asistido/s in asistencia).
    • Campo de observaciones (Destinado a que los trabajadores plasmen observaciones y/o comentarios sobre la capacitación recibida reservando debidamente su identidad).
    • Las herramientas informáticas dispuestas a tal fin podrán prever la integración mediante la utilización de interfaces de programación de aplicaciones (API por sus siglas en inglés) con bibliotecas disponibles en la nube para incorporar información complementaria, por ejemplo:
    • Identificación y validación de identidad (Documento Nacional de Identidad, huellas digitales, identificación facial).
    • Georreferenciación y normalización de direcciones.
    • Geolocalización con coordenadas geográficas latitud/longitud
    • Firma a través de enlace de doble llave (token).
    • Almacén y análisis de imagen mediante Inteligencia Artificial.
    • Almacén y análisis de audio/video mediante Inteligencia artificial.

En el marco de la incorporación de las herramientas informáticas, los empleadores y las ART deberán generar un almacén de datos para la conservación de las constancias que soporten las referidas acreditaciones conforme la normativa aplicable.