La AFIP estableció, a través de la RG 4272 que la feria fiscal de invierno se extenderá desde el 10 de julio al 20 del mismo mes.

Durante este lapso el organismo no computará los plazos previstos en materia impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social, por los días hábiles administrativos incluidos dentro del período comprendido entre el 10 y el 20 de julio de 2018, ambas fechas inclusive.

Los plazos para la contestación de requerimientos, citaciones y/o actuaciones administrativas notificadas durante ese período, comenzarán a correr a partir del 23 de julio de 2018.

No obstante lo expuesto, la atención al público, los servicios, las fiscalizaciones y las fechas de vencimiento estipuladas se llevarán a cabo con normalidad.